Resolución convocatoria pleno ordinario del 3 de Junio de 2024
La Alcaldía del Ayuntamiento de Millares ha convocado mediante resolución nº 251/2023, de 01 de noviembre de 2023, sesión extraordinaria del Pleno para el martes 07 de noviembre de 2023.
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Con fecha 14 de junio de 2023 se ha convocado sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno, a celebrar el próximo 17 de junio de 2023 en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, a las 12:00 horas
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BANDO DE ALCALDÍA
Por orden del señor Alcalde se hace saber:
· Que el plazo para solicitar la explotación de la barra de bebidas para las fiestas se abre hasta el martes 25 de julio a las 12 de la mañana.
· Que cualquier empresa o empresario autónomo podrá solicitar la explotación de la barra de bebidas para las fiestas.
· Que el sorteo de la barra de bebidas tendrá lugar el martes 25 de julio a las 12 de la mañana en el salón de plenos del Ayuntamiento.
· Que los solicitantes que no acudan al sorteo serán eliminados del mismo
Millares, 24 de julio de 2023
Con motivo de las elecciones a Cortes Generales el 23 de julio de 2023, se publica el siguiente bando referente a la exposición del censo electoral.
BANDO EXPOSICIÓN CENSO ELECTORAL
D. JOSÉ RICARDO PÉREZ GÓMEZ, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MILLARES, hago saber:
PRIMERO.- Que, con motivo de las Elecciones a Cortes Generales que se celebrarán el día 23 de julio de 2023 y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, se podrá consultar el censo electoral desde el 5 al 12 de junio de 2023, en el Ayuntamiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
SEGUNDO.- Los/as vecinos/as solo podrán realizar consultas sobre sus datos personales y, para ello, deberán acreditar su personalidad mediante presentación del DNI, del pasaporte, del permiso de conducir o del permiso de residencia.
TERCERO.- Que, dentro del plazo arriba reseñado, cualquier persona podrá formular reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral sobre sus datos censales. Las reclamaciones podrán presentarse directamente en las Delegaciones o, a través de los Ayuntamientos o Consulados, quienes las remitirán inmediatamente a las respectivas Delegaciones.
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