La Alcaldía del Ayuntamiento de Millares ha convocado mediante resolución nº 251/2023, de 01 de noviembre de 2023, sesión extraordinaria del Pleno para el martes 07 de noviembre de 2023.

Si quieres ver la convocatoria y el orden del día de esta sesión extraordinaria, pincha aquí

Con fecha 14 de junio de 2023 se ha convocado sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno, a celebrar el próximo 17 de junio de 2023 en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, a las 12:00 horas

Si quieres ver el anuncio de la convocatoria y el orden del día de esta sesión extraordinaria, pincha aquí

                                                                                                                                                                 

 

BANDO DE ALCALDÍA

 

 

 

Por orden del señor Alcalde se hace saber:

 

·        Que el plazo para solicitar la explotación de la barra de bebidas para las fiestas se abre hasta el martes 25 de julio a las 12 de la mañana.

 

·        Que cualquier empresa o empresario autónomo podrá solicitar la explotación de la barra de bebidas para las fiestas.

 

·        Que el sorteo de la barra de bebidas tendrá lugar el martes 25 de julio a las 12 de la mañana en el salón de plenos del Ayuntamiento.

 

·        Que los solicitantes que no acudan al sorteo serán eliminados del mismo

 

 

 

 

 

Millares, 24 de julio de 2023

Con motivo de las elecciones a Cortes Generales el 23 de julio de 2023, se publica el siguiente bando referente a la exposición del censo electoral.

 

 BANDO EXPOSICIÓN CENSO ELECTORAL

D. JOSÉ RICARDO PÉREZ GÓMEZ, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MILLARES, hago saber:

PRIMERO.- Que, con motivo de las Elecciones a Cortes Generales que se celebrarán el día 23 de julio de 2023 y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, se podrá consultar el censo electoral desde el 5 al 12 de junio de 2023, en el Ayuntamiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

SEGUNDO.- Los/as vecinos/as solo podrán realizar consultas sobre sus datos personales y, para ello, deberán acreditar su personalidad mediante presentación del DNI, del pasaporte, del permiso de conducir o del permiso de residencia.

TERCERO.- Que, dentro del plazo arriba reseñado, cualquier persona podrá formular reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral sobre sus datos censales. Las reclamaciones podrán presentarse directamente en las Delegaciones o, a través de los Ayuntamientos o Consulados, quienes las remitirán inmediatamente a las respectivas Delegaciones. 

Consulta el documento oficial en pdf

©2016 - Ayuntamiento de Millares | Aviso Legal | Desarrollado por COMmuniquemCon la colaboración de:  València Turisme